Escribe: Jhon Smith

La Subcomisión de Acusaciones Constitucionales (SAC) del Congreso de la República, presidida por Lady Camones Soriano (Alianza para el Progreso), aprobó el pasado 18 de noviembre el informe final de la Denuncia Constitucional 528, con 9 votos a favor, 2 en contra y 2 abstenciones. Este documento, sustentado por el congresista delegado Jorge Montoya Manrique (Honor y Democracia), recomienda la inhabilitación por 10 años para el ejercicio de la función pública de cuatro altos representantes del Ministerio Público el exfiscal de la Nación interino Juan Carlos Villena Campana, y los fiscales supremos titulares Pablo Sánchez Velarde, Zoraida Ávalos Rivera y Delia Espinoza Valenzuela (actualmente suspendida en sus funciones por resolución de la Junta Nacional de Justicia, aunque con fallos judiciales pendientes de ejecución que ordenan su reposición).

La denuncia original fue presentada por los congresistas Fernando Rospigliosi Capurro (Fuerza Popular), José Cueto Aservi (Honor y Democracia) y Alfredo Azurín Loayza (Somos Perú). El principal cargo se centra en la emisión de la Resolución Fiscal 2246-2024, del 14 de octubre de 2024, mediante la cual la Junta de Fiscales Supremos aprobó un reglamento interno para la distribución de casos y la actuación en investigaciones preliminares. Según los denunciantes y el informe aprobado, esta norma vulnera la Ley 32130 promulgada por el Congreso, que modificó el Código Procesal Penal para fortalecer la investigación del delito como función exclusiva de la Policía Nacional del Perú, limitando el rol del Ministerio Público a la dirección jurídica posterior.

El ponente Montoya argumentó que los fiscales incurrieron en infracción constitucional a los artículos 159 (atribuciones del Ministerio Público), 138 y 139 (principios de la función jurisdiccional y procesal), al pretender mantener competencias investigativas que la ley transfirió expresamente a la PNP, lo que configuraría un acto de usurpación de funciones policiales. Además, el informe propone acusarlos penalmente por presuntos delitos de abuso de autoridad (artículo 376 del Código Penal), falsedad genérica (artículo 427), prevaricato (artículo 418) y como instigadores de usurpación de funciones.

Con la aprobación en la SAC, el expediente pasa ahora a la Comisión Permanente, que deberá evaluar si eleva la acusación al Pleno del Congreso. Para que prospere la inhabilitación por infracción constitucional se requieren al menos 87 votos en el pleno (mayoría calificada), mientras que una eventual acusación penal sería derivada al Ministerio Público para su procesamiento ordinario. Este caso se enmarca en la tensión institucional entre el Legislativo y el Ministerio Público, agravada por reformas como la Ley 32130, que críticos consideran un intento de recortar autonomías fiscales en favor de mayor control policial.

En la misma sesión, la SAC admitió a trámite con 9 votos a favor y 4 en contra la Denuncia Constitucional 645, presentada por la propia Delia Espinoza (en su calidad de fiscal de la Nación suspendida), contra el expresidente Pedro Castillo y los exministros José Gavidia y Dimitri Senmache por presunta negociación incompatible en ascensos policiales. Esto ilustra el cruce de acusaciones entre poderes del Estado en un contexto de alta polarización.

Fuentes oficiales del Congreso y reportes de medios como RPP, El Comercio, Exitosa y Willax confirman los detalles de la votación y el contenido del informe, sin variaciones significativas entre versiones de distinto signo político. El proceso aún puede prolongarse semanas o meses antes de una decisión definitiva en el pleno.

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