GRATIFICACIÓN 2025 LO QUE DEBES SABER SOBRE EL PAGO DE DICIEMBRE…!!!

Escribe: Jhon Smith
La gratificación de diciembre 2025 es un beneficio laboral que se otorga a más de 4 millones de trabajadores del sector privado en Perú que están en planilla bajo el régimen de la actividad privada (Decreto Legislativo 728). Este pago se realiza dos veces al año, en la primera quincena de julio y diciembre, y para el período de julio a diciembre de 2025, corresponde a aquellos que han laborado al menos un mes completo en ese semestre. Si el trabajador ha estado en planilla desde el 1 de julio hasta el 31 de diciembre, recibe el equivalente a un sueldo bruto íntegro, sin descuentos por aportes a AFP, Impuesto a la Renta u otros. Adicionalmente, se suma una bonificación extraordinaria del 9% sobre el sueldo, correspondiente al aporte a EsSalud (o del 6.75% si el trabajador está afiliado a una EPS privada). Esto significa que el monto total puede superar el sueldo neto habitual, ofreciendo un ingreso extra significativo para fin de año.
Para calcular el monto, se toma como base la remuneración computable, que incluye el sueldo básico más asignaciones fijas como la familiar (S/102.50 si aplica), bonos regulares o comisiones promedio de los últimos seis meses. Si el tiempo laborado es inferior al semestre completo, el pago es proporcional: se divide el sueldo bruto por 6 y se multiplica por los meses completos trabajados (un mes completo se cuenta si se laboró al menos 30 días). Por ejemplo, con un sueldo bruto de S/2,000, la gratificación base sería S/2,000 más S/180 (9%), totalizando S/2,180; para S/3,000, sería S/3,000 + S/270 = S/3,270; y para S/5,000, S/5,000 + S/450 = S/5,450. En casos de sueldos más altos, como S/10,000, el total llega a S/10,900, representando hasta un 43% más que el neto mensual. Si hay horas extras habituales o bonos variables, estos se promedian para incluirlos en la base. El monto total estimado a distribuir en diciembre 2025 supera los S/10,000 millones a nivel nacional.
Los requisitos para recibirla incluyen estar en planilla con contrato indefinido, a plazo fijo, tiempo parcial o incluso como trabajador del hogar (quienes reciben el 100% equivalente). No aplica para independientes, informales, microempresas inscritas en el REMYPE (estas no pagan gratificación), ni para practicantes o jóvenes en formación laboral, quienes podrían recibir media subvención económica solo después de seis meses, no necesariamente alineada con julio o diciembre. En pequeñas empresas bajo REMYPE, el beneficio se reduce al 50% del sueldo. Para trabajadores del sector público, en cambio, no se trata de gratificación sino de un aguinaldo fijo de S/300, aprobado por el MEF, que se entrega a quienes estén laborando al 30 de noviembre de 2025 (o en descanso vacacional, licencia con goce o subsidio), con al menos tres meses de servicio en el año, y se paga junto con la remuneración de diciembre sin descuentos.
La fecha límite de pago es el 15 de diciembre de 2025, que cae en lunes, y las empresas deben depositarlo directamente en la cuenta bancaria o entregarlo en efectivo si no hay acuerdo previo. Si no se cumple, las multas pueden superar los S/120,000, dependiendo del tamaño de la empresa y el número de afectados, según la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil). Este beneficio está exento de aportes previsionales y tributarios, lo que lo hace más atractivo, y se puede retirar inmediatamente una vez depositado. En casos especiales, como despido antes de diciembre pero después de julio, el trabajador aún tiene derecho al proporcional en su liquidación final. Para una gestión eficiente, las empresas suelen usar software de nóminas para calcular automáticamente, evitando errores en promedios o bonificaciones. Si hay dudas sobre el cálculo, se recomienda revisar el contrato laboral o consultar con el área de recursos humanos, ya que variaciones como licencias sin goce podrían afectar el monto proporcional.
